Martes, Abril 23, 2024
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El Congreso de VIena (I)

« Art 1º. Las grandes potencias contratantes ( Gran Bretaña, Rusia, Prusia, Austria...) se comprometen solemnemente a reunir los medios de sus Estados respectivos para mantener en toda su integridad las condiciones del tratado de paz concluido en París el 30 de mayo de 1814, así como las estipulaciones establecidas y firmadas en el Congreso de Viena, con el objeto de completar las disposiciones de ese tratado, de garantizarlas contra todo ataque, y particularmente contra los intentos de Napoleón Bonaparte.

Art 2º. Aun cuando un objetivo tan grande y tan beneficioso no permite que se midan los medios destinados para alcanzarlo, y que las altas partes contratantes estén resueltas a consagrar a ello todo sus esfuerzos (...), ellas han convenido mantener constantemente en campaña cada una 150.000 hombres ... y emplearlos activamente contra el enemigo común.

Art 3º. Las altas partes contratantes se comprometen recíprocamente a no utilizar las armas más que de común acuerdo y después de que el motivo de la guerra señalado en al artículo 1º del presente tratado haya sido vulnerado. »

 

                       Declaración del 25 de marzo de 1815. Viena.

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