El gobierno revolucionario tiene necesidad de una extraordinaria actividad, precisamente porque se encuentra en estado de guerra. Se halla sometido a reglas menos rigurosas y menos uniformes porque las circunstancias en que se encuentra son tempestuosas y variables, y sobre todo porque está obligado a utilizar incesantemente nuevos y rápidos recursos frente a nuevos y apresurados peligros.
El gobierno constitucional se ocupa principalmente de la libertad civil; y el gobierno revolucionario, por el contrario, de la libertad pública. En el régimen constitucional, es suficiente proteger a los individuos contra el abuso del poder público: en un régimen revolucionario, el poder público está obligado a defenderse contra todas las facciones que lo atacan.
Informe presentado por Robespierre a la Convención en nombre del Comité de Salud Pública, el 25 de diciembre de 1793